Balanzanza de la justicia, fajos de pesos colombianos, laptop con símbolos de Bitcoin y Ethereum, y un contrato laboral, representando la legalidad del pago de salario en Colombia

¿Es Legal Pagar el Salario con Criptomonedas en Colombia? Lo que Dice el Ministerio del Trabajo

En la era digital, la proliferación de activos virtuales como las criptomonedas ha generado nuevas preguntas en diversos ámbitos, incluyendo el laboral. Una de las consultas más recurrentes es si es posible pagar el salario o las bonificaciones de los trabajadores con estas monedas digitales en Colombia.

El Ministerio del Trabajo, como autoridad competente, ha emitido un concepto clave al respecto, que aclara la situación actual y las implicaciones legales para empleadores y trabajadores. Analicemos en detalle su postura oficial.

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La Postura Oficial del Ministerio del Trabajo: Salario en Moneda Legal

El Ministerio del Trabajo ha sido enfático en su concepto 05EE2025120300000038404 de 2025 al señalar que, según el Código Sustantivo del Trabajo (CST), el salario debe pagarse en moneda de curso legal colombiana, es decir, en pesos colombianos.

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Actualmente, la legislación laboral colombiana no cuenta con una norma o regulación que contemple explícitamente la posibilidad de pagar salarios con criptomonedas o cualquier otro tipo de activo virtual. Esto significa que, bajo el marco legal vigente,

un empleador no puede pagar el salario a sus trabajadores en activos virtuales.

¿Pueden los Activos Virtuales Ser Considerados Salario en Especie?

Otra de las preguntas frecuentes es si el pago con activos virtuales podría clasificarse como salario en especie. El Artículo 129 del Código Sustantivo del Trabajo define el salario en especie como “toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como la alimentación, habitación o vestuario”.

El Ministerio del Trabajo aclara que, si bien existe la figura del salario en especie, la normativa actual no ha desarrollado una regulación específica que permita incluir las criptomonedas o activos virtuales dentro de esta categoría. Por lo tanto, no es posible catalogar el pago en activos virtuales como salario en especie.

La Autonomía de la Voluntad y las Normas de Orden Público

Algunos podrían argumentar que la autonomía de la voluntad privada permitiría a empleadores y trabajadores acordar el pago de salarios con activos virtuales si ambas partes están de acuerdo. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo subraya que, aunque las partes pueden pactar libremente los términos de un contrato,

la autonomía de la voluntad no puede ir en contra de normas de orden público.

El Artículo 57, numeral 4, del CST establece como obligación del empleador pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos. Dado que la ley exige el pago en moneda legal, cualquier acuerdo que contravenga esta disposición no sería válido.

Bonificaciones y Activos Virtuales: Una Distinción Importante

Es crucial distinguir entre el salario y otros tipos de pagos, como las bonificaciones. El Ministerio del Trabajo hace una aclaración relevante en este punto. El Artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo define los pagos que no constituyen salario, como las sumas que se reciben “ocasionalmente y por mera liberalidad” del empleador (por su propia voluntad).

Si bien el salario base debe pagarse en pesos colombianos, el Ministerio indica que la norma

no prohíbe que las bonificaciones que se otorgan por mera liberalidad y que no constituyen salario, puedan entregarse en activos virtuales. Esto siempre y cuando estas bonificaciones no sustituyan el salario base y cumplan con las condiciones del Artículo 128 del CST.

Consecuencias de Pagar Salarios con Activos Virtuales

Un empleador que pague salarios con activos virtuales, contraviniendo la normativa laboral, podría enfrentarse a serias consecuencias jurídicas. El Ministerio del Trabajo, en su rol de autoridad de vigilancia y control , tiene la facultad de imponer sanciones administrativas.

Entre las posibles acciones, el Ministerio puede:

  • Imponer multas monetarias que pueden ir de uno (1) a cinco mil (5000) salarios mínimos legales, según la gravedad de las infracciones.
  • Ordenar medidas preventivas para asegurar el cumplimiento de las disposiciones laborales.
  • Los inspectores de trabajo tienen la facultad de realizar visitas sin previo aviso, exigir información y documentos, y actuar como conciliadores en controversias.

Además de las sanciones administrativas, los empleadores podrían verse expuestos a

acciones legales ante la justicia laboral iniciadas por los trabajadores afectados. Si te preguntabas “¿qué pasa si me despidieron sin justa causa?” o buscas abogados despidos sin justa causa, es importante saber que el incumplimiento en el pago del salario en moneda legal podría generar situaciones que deriven en un despido sin justa causa e indemnización en Colombia.

¿Se Reconocerían los Pagos en Activos Virtuales para Liquidaciones y Derechos Laborales?

La respuesta del Ministerio es clara: no. Dado que el salario y las prestaciones laborales deben pagarse en moneda legal colombiana, y no existe regulación para el pago en activos virtuales, estos pagos no serían reconocidos para efectos de liquidaciones, indemnizaciones y demás derechos laborales.

Iniciativas y Regulaciones Futuras

Actualmente, el Código Sustantivo del Trabajo es la normatividad aplicable y no existe una regulación específica que modifique la forma de pago del salario con activos virtuales. El Ministerio ha trasladado la consulta sobre posibles iniciativas para debatir o regular aspectos asociados con activos virtuales a su Dirección de Derechos Fundamentales. Esto sugiere que, si bien no hay una regulación inminente, el tema está en consideración.

Conclusión: Precaución y Cumplimiento de la Normatividad Vigente

La postura del Ministerio del Trabajo es categórica: el pago del salario en Colombia debe realizarse en pesos colombianos. Si bien el auge de los activos virtuales es innegable, la legislación laboral actual no los reconoce como una forma válida para el pago de la remuneración básica. Ignorar esta disposición puede acarrear importantes sanciones administrativas y procesos judiciales para los empleadores.

Para las empresas que buscan innovar en sus modelos de compensación, es fundamental la asesoría legal especializada que les permita cumplir con la normativa laboral vigente y proteger tanto los derechos de sus trabajadores como la estabilidad jurídica de su operación. En cuanto a bonificaciones por mera liberalidad, siempre que no sustituyan el salario y se pacte su naturaleza no salarial, podría explorarse su entrega en activos virtuales, pero siempre bajo un estricto análisis jurídico.

Si eres empresario, abogado, contador o un ciudadano interesado, te invitamos a buscar asesoría experta para cualquier duda relacionada con la legalidad de los pagos laborales en Colombia.

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Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. ¿Se puede pagar el salario con Bitcoin en Colombia? No. El Ministerio del Trabajo de Colombia ha aclarado que el salario debe pagarse en moneda de curso legal (pesos colombianos). Actualmente no existe regulación que permita el pago de salarios con criptomonedas.

2. ¿Qué pasa si un empleador paga el salario con criptomonedas? El empleador podría enfrentarse a sanciones administrativas por parte del Ministerio del Trabajo , incluyendo multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales. Además, el trabajador podría iniciar acciones legales ante la justicia laboral.

3. ¿Las bonificaciones pueden pagarse con activos virtuales? Sí, es posible, pero con una salvedad importante. Solo las bonificaciones que se otorgan por “mera liberalidad” del empleador y que no constituyen salario, según el Artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo , podrían entregarse en activos virtuales. Estas bonificaciones no deben sustituir el salario base.

4. ¿El Ministerio del Trabajo ha emitido alguna regulación específica sobre las criptomonedas en el ámbito laboral? A la fecha del concepto (mayo de 2025), no existe una regulación específica que modifique el pago de salario bajo la modalidad de activos virtuales. El Código Sustantivo del Trabajo sigue siendo la norma aplicable.

5. ¿Qué medidas debe tomar un empleador para garantizar el pago de salarios? El empleador debe asegurar que el pago del salario se realice con la moneda legal colombiana y cumplir con todas las obligaciones establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo, como el pago de prestaciones sociales y aportes a seguridad social.

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