Familia colombiana disfrutando de un picnic en un parque al atardecer, con un calendario marcado y una balanza de la justicia semitransparente en el cielo, simbolizando la reducción de jornada laboral y el “día de la familia” en el marco de la Ley 2101 de 2021.

Día de la Familia y Reducción de Jornada Laboral en Colombia: Claves para Empleadores y Trabajadores

La dinámica laboral en Colombia ha experimentado cambios significativos con la implementación de la Ley 2101 de 2021, que busca reducir la jornada laboral semanal de manera gradual. En este contexto, surge una pregunta frecuente y crucial tanto para empleadores como para trabajadores: ¿cómo se aplica actualmente el denominado “día de la familia” con la nueva jornada de 47 horas semanales?

A continuación, desglosamos las consideraciones del Ministerio del Trabajo de Colombia al respecto, ofreciendo claridad sobre la obligatoriedad de este beneficio y su relación con la gradualidad de la reducción de la jornada laboral.

Contexto de la Consulta: Ley 2101 de 2021 y el Día de la Familia

La Ley 2101 de 2021, conocida como la “Ley de reducción de la jornada laboral”, establece un marco para disminuir las horas de trabajo semanales sin afectar el salario de los empleados. Esta ley ofrece a los empleadores dos modalidades para su implementación: automática o gradual.

La implementación gradual implica una reducción progresiva de la jornada, según la siguiente tabla:

A PARTIR DE CUANDONÚMERO DE HORAS A REDUCIRJORNADA MÁXIMA LEGAL
A partir del 15 de julio de 2023Reducción de una (1) hora semanales47 horas
A partir del 15 de julio de 2024Reducción de una (1) hora semanales.46 horas
A partir del 15 de julio de 2025Reducción de dos (2) horas semanales.44 horas
A partir del 15 de julio de 2026Reducción de dos (2) horas semanales.42 horas

Exportar a Hojas de cálculo

El espíritu de esta normativa es fomentar la productividad y el equilibrio social en las relaciones laborales.

¿Qué dice la Ley 2101 de 2021 sobre el Día de la Familia?

Exoneración y Obligatoriedad

El Artículo 6º de la Ley 2101 de 2021 es clave al establecer la “exoneración” de ciertas obligaciones laborales una vez se alcance la jornada de 42 horas semanales. Específicamente, los empleadores quedarán exonerados de dar aplicación a:

  • La jornada semestral del día de la familia, establecida en el parágrafo del Artículo 3 de la Ley 1857 de 2017.
  • Las actividades dedicadas a la recreación, cultura, deporte o capacitación, ordenadas en el Artículo 21 de la Ley 50 de 1990.

Es fundamental entender que esta exoneración rige una vez finalizado el tiempo de implementación gradual y se haya implementado en su totalidad la jornada de cuarenta y dos (42) horas semanales.

Aplicación Durante la Transición (Jornada de 47 Horas)

El Ministerio del Trabajo ha sido claro al precisar cómo se gestionan estas obligaciones durante el período de implementación gradual, es decir, mientras la jornada máxima legal aún no alcanza las 42 horas:

  • Actividades Recreativas, Culturales, Deportivas o de Capacitación (Ley 50 de 1990): El tiempo dedicado a estas actividades puede ser ajustado de forma proporcional, de común acuerdo entre empleado y empleador, hasta que se implemente la reducción total de la jornada laboral.
  • Jornada Semestral del Día de la Familia (Ley 1857 de 2017): La norma no permite el ajuste proporcional de esta jornada. Esto significa que, hasta tanto no se termine la implementación gradual y se alcance la jornada de 42 horas, el día de la familia debe otorgarse en los términos de ley, es decir, una jornada semestral obligatoria. La Ley 1857 de 2017, al adicionar el Artículo 5A a la Ley 1361 de 2009, establece que los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada, deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso.

Por lo tanto, mientras la jornada laboral se encuentra en 47 horas (como es el caso desde el 15 de julio de 2023) o en cualquier etapa de reducción gradual antes de las 42 horas, la obligación de conceder el día de la familia semestralmente se mantiene vigente.

Frecuencia del Beneficio del Día de la Familia

La normativa indica que el empleador debe propiciar una jornada semestral, lo que implica que se deben conceder dos jornadas del día de la familia al año:

  • La primera jornada: dentro del primer semestre (enero a junio).
  • La segunda jornada: durante el segundo semestre (julio a diciembre).

Es importante resaltar que la antigüedad del trabajador no es un requisito para acceder a este beneficio legal, ya que la norma no hace referencia alguna al respecto.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Es obligatorio el día de la familia con la jornada de 47 horas?

Sí, es obligatorio. Durante el proceso de implementación gradual de la Ley 2101 de 2021, que incluye la jornada de 47 horas, la obligación de conceder la jornada semestral del día de la familia se mantiene vigente. La exoneración solo aplicará cuando la jornada máxima legal se reduzca completamente a 42 horas semanales.

¿Cuántos días de la familia debo dar al año?

Debe conceder dos jornadas del día de la familia al año: una en el primer semestre (enero a junio) y otra en el segundo semestre (julio a diciembre).

¿La antigüedad del trabajador influye para el día de la familia?

No, la antigüedad del trabajador no influye. La norma no establece requisitos de antigüedad para que el trabajador acceda a este beneficio legal.

¿Puede el empleador acordar una reducción proporcional del día de la familia?

No, el concepto del Ministerio del Trabajo indica que la norma no permite el ajuste proporcional de la jornada del día de la familia (Ley 1857 de 2017). Solo las actividades de recreación, cultura, deporte o capacitación (Ley 50 de 1990) pueden ser ajustadas proporcionalmente de común acuerdo.

¿Cuándo se exonera totalmente al empleador de dar el día de la familia?

El empleador quedará exonerado de la obligación de conceder el día de la familia una vez que la jornada máxima legal se implemente en su totalidad a cuarenta y dos (42) horas semanales, lo cual está previsto para el 15 de julio de 2026.

Conclusiones y Recomendaciones

La Ley 2101 de 2021 representa un avance en la flexibilización y modernización de las relaciones laborales en Colombia. Sin embargo, es vital que tanto empleadores como trabajadores comprendan las implicaciones de su implementación gradual, especialmente en lo que respecta a beneficios como el día de la familia. La claridad del Ministerio del Trabajo reafirma que, mientras el proceso de reducción de la jornada no finalice en las 42 horas, la obligación de otorgar este espacio de tiempo para compartir en familia sigue siendo plena y semestral.

Para garantizar el cumplimiento normativo y una adecuada gestión de las relaciones laborales, es fundamental contar con asesoría especializada. En www.abogadosencucuta.com, encontrará el soporte jurídico necesario para navegar estos cambios con seguridad y eficiencia.

Fuentes Consultadas:

  • Concepto 02EE2024410600000042488 del 10 de agosto de 2024 – Ministerio del Trabajo.
  • Ley 2101 de 2021 – Por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1857 de 2017 – Por medio de la cual se modifica la Ley 1361 de 2009 y se dictan otras disposiciones sobre la familia colombiana.
  • Ley 50 de 1990 – Por la cual se introduce reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.
  • Código Sustantivo del Trabajo (CST) – Artículo 1º.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *